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GARZON CONTRA LAS CUERDAS
El Tribunal Supremo investigará si hubo delito en la financiación de sus conferencias de Nueva York
Si Garzón fuera un cargo político a estas horas la opinión pública pediría el apartamiento, al menos provisional, de sus responsabilidades, mientras se sustancia la causa abierta por el Tribunal Supremo que acaba de abril un procedimiento penal por presuntos delitos de prevaricación, cohecho y estafa en relación con las cantidades que percibió del Banco de Santander a través de la Universidad de Nueva York en los años 2005 y 2006. El alto Tribunal ha admitido a trámite la querella interpuesta por los abogados José Luis Mazón y Antonio Panea contra nuestro juez “estrella”.
29 de enero de 2010, Tribuna de Navarra.-

 

Tribuna de Navarra informó en su día la remisión por el Banco de Santander, que acaba de ser elevado a los altares por José Luis Rodríguez Zapatero en su intervención de ayer ante el Foro Económico Mundial de Davo, de varias cartas del juez en las que éste solicitaba la financiación por el Banco de una serie de conferencias en Nueva York. En una de ellas agradecía personalmente a Emilio Botín la concesión de las ayudas, por importe de nada menos que 320.000 euros. A su regreso a España, Garzón archivó una querella interpuesta contra el presidente del Santander.

 

A juicio de los querellantes, Garzón habría infringido el deber de abstención en la causa abierta contra Botín, dado que la ley prohíbe la intervención de un magistrado cuando enjuicia la conducta de un imputado con el que le une una manifiesta amistad. La infracción del deber de abstención habría podido ser causa de la comisión de un presunto delito de prevaricación y otro de cohecho.

 

En el auto que se notificó ayer a las partes implicadas, el Tribunal Supremo considera que debe investigarse si en la entrega del dinero por el Banco de Santander “medió la consideración del hecho de tratarse de un juez de la Audiencia Nacional o si por el contrario tal cosa puede valorarse como una mera suposición o conjetura”.

 

El Tribunal Supremo nombró asimismo instructor del caso al magistrado Manuel Marchena.

 

El auto fue redactado por el magistrado ponente Miguel Colmenero y se aprobó por unanimidad de los miembros de la Sala segunda del Tribunal Supremo. En el auto se justifica la admisión a trámite de la querella por el conocimiento de nuevos hechos denunciados por los letrados querellantes, como "que el propio querellado solicitó personalmente a la entidad bancaria la entrega del dinero para sufragar los gastos que originarían unas actividades en las que participaría directa y personalmente de una forma relevante".Entre otras consideraciones, el Supremo afirma que "no parece que pueda excluirse ahora y de modo definitivo que la respuesta positiva de la entidad bancaria realizando tan generosa aportación esté relacionada con el cargo público que desempeña quien hace la petición, ni que éste pudiera verse así beneficiado, incluso en forma indirecta, en su prestigio y consideración públicos e incluso en aspectos económicos".

 

Posible sanción en vía administrativa

 

En paralelo con la interposición de su querella, los abogados Mazón y Panea presentaron ante el Consejo General del Poder Judicial una denuncia por los referidos hechos, lo que podría suponer la imposición al juez Garzón de una sanción por falta muy grave prevista en el artículo 417.8 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ). Se trataría de una falta de inobservancia del deber de abstención al archivar una querella contra varios directivos del Santander. Eso supondría la posibilidad de que el Consejo sancionara a Garzón con la suspensión entre un mes y tres años e, incluso, con la expulsión de la carrera judicial. Esto provocaría la pérdida de su plaza en la Audiencia Nacional.

 

Los abogados dirigieron ayer mismo un escrito al Consejo en el que solicitan que no se espere a que termine la instrucción sobre este asunto a que el magistrado pueda ser sentado en el banquillo para suspenderle cautelarmente en sus funciones. En el escrito recuerdan que la situación de Garzón es comparable a la del juez de familia de Murcia, Fernando Ferrín Calamita, cuya suspensión fue acordada por el CGPJ tras la admisión a trámite de una querella contra él por un delito de retardo malicioso a la hora de tramitar una adopción por una pareja de lesbianas. En este caso, no se esperó a la imputación del juez.

 

La “contaminación” de Garzón

 

Con esta es la segunda vez que Garzón resulta imputado por el Tribunal Supremo. La anterior imputación fue consecuencia de una querella que el sindicato Manos Limpias interpuso por un presunto delito de prevariación al admitir a trámite, sin tener competencia para ello, la petición de procesamiento de los miembros de la cúpula de la rebelión de 1936 y la consiguiente búsqueda, bajo control judicial, de las fosas de fusilados republicanos.

 

Lo cierto es que tales imputaciones inhabilitan a Garzón por seguir instruyendo las causas que penden en su juzgado. Entre ellas destaca la investigación del escándalo del “chivatazo” de la policía a ETA de una inminente actuación policial que tendría lugar en el bar Faisán de Irún donde se iba a realizar una entrega de la recaudación del “impuesto revolucionario”. El titular del bar, Joseba Elosua, era el encargado de recibir el dinero para llevarlo a Francia y la entrega iba a ser realizada presuntamente por Gorka Aguirre, encargado de las finanzas del PNV. La víspera de la operación policial, el 4 de mayo de 2006, Elosua recibió una llamada de un alto cargo del ministerio del Interior advirtiéndole de lo que iba a ocurrir al día siguiente.

 

El caso Faisán, que podría implicar a la cúpula del ministerio del Interior, se encuentra pendiente de resolver en el juzgado número 5 de la Audiencia Nacional.

 

Las imputaciones que penden sobre el juez Garzón suponen una tacha para el ejercicio por el magistrado de su función judicial por lo que el Consejo General del Poder Judicial debería adoptar la medida de suspensión solicitada por los abogados Mazón y Panea.
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